Con ocasión de determinadas patologías psiquiátricas, graves lesiones, o avanzada edad, debemos procurar la protección de nuestros seres queridos acudiendo a un procedimiento judicial de declaración de incapacidad.
Tras ello, la designación de un tutor o curador colocará en un tercero la responsabilidad de garantizar los cuidados físicos, psíquicos y patrimoniales, garantizando que el incapaz no desatienda sus propios intereses, circunstancia lamentablemente muy frecuente en la práctica.
Por otro lado, a veces, la persona inicialmente designada como tutora o curadora del incapaz ya no puede seguir haciéndose cargo de las responsabilidades que se le exigen, por lo que conviene se la cese en la función y se nombre a un tercero en su lugar.